El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto-ley por el que se modifica la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, que prorroga la moratoria para nuevos desarrollos urbanísticos que no hayan sido aprobados inicialmente antes de la fecha de entrada en vigor de la Ley 3/2020, y la vinculan a la aprobación definitiva del Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente del Mar Menor.
El decreto-ley también mantiene el área de exclusión temporal mejorando su definición con precisión técnica que queda georreferenciada, lo que aumenta la seguridad jurídica para todos los afectados, y además añade la necesidad de que todos los desarrollos ya iniciados deben incorporar medidas de sostenibilidad y soluciones basadas en la naturaleza.
Asimismo, el nuevo texto legal clarifica dudas interpretativas que han motivado la necesidad de que se pronuncie el Consejo Jurídico de la Región de Murcia. En dicho dictamen se alude a la confusa redacción del artículo 16 en sus apartados 1 y 2, y la consiguiente indeterminación de los términos que se emplean, por lo que se hace imprescindible modificar dichos apartados para aportar mayor claridad y con ello mayor seguridad jurídica.
Además se delimita que los ayuntamientos podrán iniciar nuevos instrumentos de planeamiento solo cuando se haya aprobado inicialmente el Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente del Mar Menor. Estos deberán tener en cuenta en todo momento las determinaciones que fije el citado plan.
Además el decreto-ley explicita que la tramitación del Plan de Ordenación Territorial necesitará de la aprobación de cuantos procedimientos ambientales se establezcan en la normativa, además de a la legislación en materia de suelo que ya estaba recogida en la Ley 3/2020.
El decreto-ley que contiene un único artículo y una disposición final, entra en vigor a partir hoy, una vez se publique en el BORM.
Para acceder a la disposición legal publicada en el BORM PINCHE AQUÍ
FUENTE. CARM